ObligatorioLa ley no obliga a llevar uniforme, pero si la empresa para la que se trabaja sí, en el contrato debe estar especificado. Si es así, no se puede llevar cualquier
Subvencionesde coste salarial, que se graduarán teniendo en cuenta el tipo y grado de discapacidad de las personas destinatarias últimas de este programa, así como la estabilidad de los puestos de trabajo que ocupan, en los siguientes términos: En el caso de personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de
Laropa de trabajo propia de vestuario o uniforme que no está destinada a salvaguardar la seguridad y salud de los trabajadores, no entra dentro del ámbito de aplicación del Reglamento (UE) 2016/425 y F3SaB. 333 286 227 363 79 343 129 38 27